𝐒𝐢𝐪𝐮𝐢𝐞𝐫𝐞𝐬 𝐩𝐚𝐠𝐚𝐫 𝐦𝐚́𝐬 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐨́𝐱𝐢𝐦𝐨 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬, 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐩𝐨𝐬𝐭 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐢.
Pero si quieres ver la posibilidad de ahorrarte unos euritos, atiende.
1️⃣ Provisiona gastos
Si tienes gastos de 2026 que te facturan en 2027, puedes contabilizarlos en 2026 siempre que correspondan realmente a ese ejercicio.
Así, aumentas gasto, reduces beneficio y reduces el impuesto.
Ejemplo: un servicio prestado en diciembre cuya factura recibes en enero.
¡Ojo! No puedes provisionar gastos futuros que no correspondan al ejercicio.
2️⃣ Amortiza aceleradamente
La Ley te permite amortizar los bienes de inversión según unas tablas fiscales.
Pero, además, las empresas de reducida dimensión pueden amortizar determinados activos nuevos al doble del coeficiente máximo establecido.
Amortizas más, bajas beneficios fiscales y pagas menos.
¡Ojo! No ahorras más impuestos en total, sino que adelantas el gasto fiscal a los primeros años.
3️⃣ Deducción por morosos
Si tienes clientes que no te pagan, puedes deducirte fiscalmente el deterioro de determinadas deudas.
Entre otros requisitos, que hayan transcurrido seis meses desde su vencimiento.
Además, las empresas de reducida dimensión pueden deducir hasta el 1% de determinados saldos de clientes pendientes de cobro al cierre del ejercicio.
Pero no todas las deudas pendientes son deducibles y ambas medidas tienen requisitos diferentes.
4️⃣ Deducciones por I+D+i
Aquí hablamos de miles de euros de deducción.
La Ley permite deducir, con carácter general, el 25% de determinados gastos en investigación y desarrollo, porcentaje que puede aumentar en algunos casos.
Y el 12% por innovación tecnológica.
¡Ojo! No cualquier mejora de producto o proceso se considera I+D+i.
Para saber más de esto contacta con Daniel Romero del Hombrebueno.
5️⃣ Reserva de Capitalización
Permite reducir tu base imponible del Impuesto sobre Sociedades en un 20% del incremento de tus fondos propios que cumpla los requisitos.
Incluso puede llegar al 23%, 26,5% o 30% si aumentas la plantilla en determinados porcentajes.
Debes mantener el incremento de fondos propios durante tres años, salvo excepciones, y dotar una reserva especial.
¡Ojo! La reducción está sujeta a límites y no se calcula directamente sobre todo el beneficio.
6️⃣ Reserva de Nivelación
Permite a determinadas empresas de reducida dimensión reducir su base imponible positiva hasta un 10%, con un máximo de 1 millón de euros cada año, si dotan una reserva especial.
Si en los cinco años siguientes la empresa tiene pérdidas fiscales, el importe reducido se incorpora a la base imponible para compensarlas.
¡Ojo! Si no hay pérdidas fiscales suficientes, la cantidad pendiente se suma de nuevo a la base imponible al finalizar el quinto año.
Es decir, no es necesariamente un ahorro definitivo, sino un diferimiento del impuesto.
7️⃣ Comidas y atenciones a clientes o proveedores
Podrás deducirte estos gastos siempre que estén bien justificados, contabilizados y relacionados con la actividad.
Las atenciones a clientes y proveedores tienen un límite fiscal del 1% de la cifra de negocio.
¡Ojo! No todas las comidas de trabajo están sometidas automáticamente a ese límite. Depende de la naturaleza del gasto.
8️⃣ Leasing acelerado
Para determinados contratos de arrendamiento financiero, la Ley permite deducir fiscalmente el coste del bien de forma acelerada.
Con carácter general, hasta el doble del coeficiente máximo de amortización y, para empresas de reducida dimensión, hasta el triple.
¡Ojo! El contrato debe cumplir los requisitos legales y, si el vehículo es de uso mixto, debes justificar su afectación a la actividad.
9️⃣ Seguros médicos y de salud
Si pagas seguros médicos a tus empleados, podrás deducirte las primas como gastos en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que cumplan los requisitos generales.
Además, el empleado puede disfrutar de una exención en su IRPF de hasta 500 euros anuales por persona asegurada, o 1.500 euros en caso de discapacidad, incluyendo determinados familiares.
¡Ojo! Esos 500 euros son un límite de exención en el IRPF del trabajador, no el límite de deducción para la empresa.
🔟 Gastos financieros
Los gastos financieros netos son deducibles:
✅ Hasta 1 millón de euros por ejercicio puedes deducirlos, con carácter general, íntegramente.
✅ Por encima de ese millón, aplica el límite general del 30% del beneficio operativo fiscal, sin perjuicio de las excepciones legales.
Si no puedes deducirlos todos este año, podrás hacerlo en ejercicios posteriores cumpliendo los requisitos.
1️⃣1️⃣ Deducción por inversión cinematográfica
¿Sabías que tu empresa puede ahorrar impuestos financiando películas o series españolas?
La Ley permite aplicar deducciones fiscales por determinadas producciones cinematográficas y audiovisuales.
Las producciones españolas que cumplen los requisitos pueden generar deducciones del 30% sobre el primer millón de base y del 25% sobre el resto.
Pero lo interesante es que tu empresa puede participar como financiadora sin ser la productora.
En ese caso, la deducción que puedes aplicar puede alcanzar el 120% del dinero aportado, siempre que exista deducción suficiente y se cumplan los requisitos y límites fiscales.
Ejemplo: aportas 10.000 euros y podrías llegar a obtener una deducción de 12.000 euros en tu Impuesto sobre Sociedades.
Pero ¡ojo!
🔴 No significa que ganes automáticamente un 20% ni que Hacienda te devuelva directamente ese dinero.
🔴 Debes tener cuota fiscal suficiente para aprovechar la deducción, dentro de los límites legales.
🔴 Se exige un contrato de financiación, las comunicaciones correspondientes a Hacienda y que la producción cumpla los requisitos legales.
🔴 Existe riesgo: si la operación no cumple los requisitos, puedes perder parte o la totalidad del beneficio fiscal previsto.
Por eso, antes de invertir, conviene estudiar la operación con un especialista.
Y un último detalle:
En 2026 también cambian los tipos del Impuesto sobre Sociedades para muchas pymes.
✅ Microempresas con facturación inferior a 1 millón de euros: 19% sobre los primeros 50.000 euros de base imponible y 21% sobre el resto.
✅ Empresas de reducida dimensión que cumplan los requisitos: 23%.
✅ Tipo general: 25%.
Estos tipos corresponden a ejercicios iniciados en 2026, en territorio de régimen común, y pueden existir regímenes especiales.
Así que antes de cerrar el ejercicio, revisa las posibilidades que tienes para pagar menos impuestos.
Porque una cosa es pagar los impuestos que te corresponden y otra pagar más por no conocer las posibilidades que ofrece la Ley.